Ordinarios
Negociación Colectiva; Extensión de Beneficios; Trabajadores no sindicalizados; Cuota Sindical;
ORD. N°1666
22-abr-2013
La Corporación Colegio Alemán se encuentra en la obligación de descontar de las remuneraciones de sus dependientes no sindicalizados que han percibido la bonificación por resultados académicos, la cotización del 75 % de la cuota sindical ordinaria en los términos que precisa el artículo 346 del Código del Trabajo, y enterar tales sumas al haber del sindicato recurrente.
Referencias al Código del Trabajo
Título III DEL CONTRATO COLECTIVO
Capítulo VI DERECHO A HUELGA