Contenido principal

Noticias

Malls y strip centers estarán cerrados el domingo 14 y trabajadores y trabajadoras contarán con 3 horas para votar en segunda vuelta presidencial

Malls y strip centers estarán cerrados el domingo 14 y trabajadores y trabajadoras contarán con 3 horas para votar en segunda vuelta presidencial

09/12/2025

Malls y strip centers estarán cerrados el domingo 14 y trabajadores y trabajadoras contarán con 3 horas para votar en segunda vuelta presidencial

Dirección del Trabajo llamó a respetar las normas laborales imperantes en las elecciones presidenciales de segunda vuelta.

Un llamado a respetar las normas que protegerán los derechos de trabajadores y trabajadoras durante las elecciones presidenciales de segunda vuelta de este domingo 14 de diciembre hizo este martes el director (s) del Trabajo, Sergio Santibáñez.

La autoridad visitó este martes un mall en pleno centro de Santiago para informar las exigencias legales que deberán ser acatadas durante estos comicios.

jpg10219.3kb

Ejemplificando con la situación del mall visitado, informó que este tipo de recintos comerciales y los strip centers administrados por una sola razón social o personalidad jurídica deberá permanecer cerrados el día domingo por corresponder a un feriado legal y obligatorio para sus trabajadores. Todo el resto del comercio -incluyendo supermercados, grandes tiendas y otros locales no regidos por la situación legal ya descrita- podrá funcionar este domingo.

Asimismo, enfatizó que aquellos trabajadores y trabajadoras que deban trabajar el día de las elecciones presidenciales de segunda vuelta cuentan con todas las garantías legales para cumplir con su deber de sufragio obligatorio o excusarse, sin impedimentos ni represalias.

Sobre el feriado de una parte del comercio, el director del Trabajo explicó que "los trabajadores y trabajadoras tienen ciertos derechos. Lo primero es que aquellos trabajadores y trabajadoras del comercio que laboran en malls como estos, en centros comerciales administrados bajo una única razón social, ese centro comercial, ese strip center, debe estar cerrado. Es un feriado obligatorio que parte a las 21:00 de la noche del día anterior y termina a lo menos a las 06:00 del día siguiente de estas elecciones".

Sergio Santibáñez también explicó la situación de aquellos trabajadores y trabajadoras que deban trabajar este domingo: "Tienen la obligación de votar y, por lo tanto, la ley establece un permiso de tres horas a lo menos, que debe ser otorgado por los empleadores. Aquellos trabajadores y trabajadoras que han sido designados vocales de mesa tienen el permiso para ausentarse con goce de remuneraciones dentro de todo el tiempo que requiera la labor de vocal de mesa".

También explicó que ese permiso y protección legal rige para quienes hayan sido designados miembros de colegios escrutadores y delegados ante la Junta Electoral.

jpg13164.9kb

.

Llamado a los empleadores

Sergio Santibáñez hizo hincapié en que durante la elección de primera vuelta hubo 61 fiscalizaciones y 111 trabajadores del comercio suspendidos por estar laborando sin que les correspondiera.

"Esas sesenta y un fiscalizaciones terminaron con un número que es importante, que fueron ciento once trabajadores y trabajadoras que fueron devueltos a su casa, porque no deberían haber estado trabajando en esos establecimientos, que estaban bajo la prohibición y bajo el feriado electoral. Hablando de que en cada fiscalización al menos dos trabajadores se encontraban en esas circunstancias, el llamado es a los empleadores a no exponerse a las multas que significa incumplir la normativa electoral, la normativa de feriado, que van entre tres y sesenta unidades tributarias mensuales".

.

Fiscalización laboral durante los comicios

La DT fiscalizará el domingo 14 de diciembre las denuncias recibidas a través del Canal de Atención Telefónica (CAT) -600 450 4000- entre las 09:00 y las 14:00 horas.

.

Las materias fiscalizables son las siguientes:

1.- No otorgamiento de feriado legal y obligatorio para los trabajadores comprendidos en el numeral 7 del artículo 38 del Código del Trabajo, en aquellos casos en que presten servicios en centros o complejos comerciales administrados bajo una misma razón social o personalidad jurídica.

  • Multas de entre 3 ($208.626) y 60 UTM ($4.172.520) UTM (*), dependiendo de si la empresa es micro, pequeña, mediana o grande.

2.- No otorgamiento de permiso laboral a los trabajadores designados como vocales de Mesas Receptoras de Sufragios, miembros de Colegios Escrutadores o delegados de la Junta Electoral, para quienes los días de la elección no constituyen feriado legal.

  • Multas de entre 3 ($208.626) y 60 ($4.172.520) UTM, dependiendo de si la empresa es micro, pequeña, mediana o grande.

3.- No otorgamiento de permiso por 3 horas a trabajadores para sufragar.

  • Multas de entre 3 ($208.626) y 60 ($4.172.520) UTM, dependiendo de si la empresa es micro, pequeña, mediana o grande.

(*) Valor de la UTM en diciembre de 2025: $69.542.