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19/04/2006

Dirección del Trabajo multó a más de 300 empresas de transportes

La fiscalización, que se realizó en los días previos a Semana Santa, abarcó a las cuatro provincias de la Octava Región, cubriendo un total de 326 máquinas. En la oportunidad se aplicó igual número de infracciones conforme al artículo 33 del Código del Trabajo, que obliga a cada empresa de transporte interprovincial de pasajeros a tener en nuevo registro de asistencia.

El director regional del Trabajo, Idelfonso Galaz, sostuvo que un total de 326 buses de transporte terrestre de pasajeros en la región no cumplen completamente con los estándares que dispone la ley, especialmente en lo que se refiere al período de descanso de las tripulaciones de los buses. Según una fiscalización que se realizó en los días previos a Semana Santa, y que se llevó a cabo en los terminales de las cuatro provincias de la Octava Región, cubriendo un total de 326 máquinas.

Galaz indicó que en la oportunidad se aplicó igual número de infracción, 326, conforme al artículo 33 del Código del Trabajo, que obliga a cada empresa de transporte interprovincial de pasajeros a tener este registro de asistencia.

Estas infracciones se cursaron en base a la resolución de la Dirección del Trabajo número 1081 que entró en vigencia el 1 de enero de este año y tiene que ver con los registros de control automatizados a bordo, que deben tener todas las máquinas que cumplen servicios interprovinciales de transporte de pasajeros.

"La Dirección del Trabajo ha establecido que el mismo involucra la instalación de un sistema automatizado a bordo que, cada empresa, debe adquirir", indicó el personero regional, agregando que "las empresas que estén en condiciones de vender este servicio a los operadores del transporte interurbano deben, a su vez, estar certificadas por una Universidad reconocida por el Estado".

Clarificó que Fenabus es la única entidad certificada para vender este sistema en Chile. A pesar de que en septiembre del año pasado se comunicó a todas las empresas de transporte interprovincial de la obligatoriedad del uso de tal sistema y, que a contar del 1 de enero de este año se haría efectiva la medida, no hay ninguna empresa que cumpla al 100 por ciento todavía los estándares que la Dirección del Trabajo esta revisando, a fin de garantizar que las empresas de buses interprovinciales cumplan las normas mínimas de que sus choferes no conduzcan más de cinco horas y, que el final de cada recorrido descansen sus 8 horas, reglamentarias.

(Fuente: Diario La Discusión de Chillán)