21/12/2006
La Directora del Trabajo, Patricia Silva Meléndez, destacó la relevancia de que el propio sector haya acordado sancionar a quienes arriesguen a sus usuarios. Agregó que la fiscalización oficial se hará más intensa en las próximas horas.
Texto completo del convenio firmado:
Convenio jornada trabajo conductores
Los buses que no tengan instalado y en funcionamiento el sistema automatizado de control de jornada de trabajo de su respectivo su chofer no podrán hacer uso de los terminales de Santiago.
La medida fue comprometida por la Asociación de Municipalidades, la Asociación de Terminales de Santiago (ATS) y la Federación Gremial Nacional de Buses del Transporte de Pasajeros Rural, Interurbano, Interregional e Internacional de Chile (FENABUS), en convenio con la Dirección del Trabajo. Su objetivo es lograr un mayor cumplimiento de la jornada de trabajo de los choferes de la locomoción colectiva interurbana, ya que el correcto uso del sistema impedirá que se vulnere el descanso de éstos
"Este convenio deberá dar a la brevedad resultados positivos, porque ya no solamente tiene la sanción de las multas aplicadas, sino también hay una sanción del propio sector, que quiere dar seguridad a sus usuarios", señaló la Directora del Trabajo, Patricia Silva Meléndez.
De acuerdo a lo suscrito la Dirección del Trabajo entregará información actualizada de las empresas y buses que efectivamente estén utilizando el sistema automatizado de control de asistencia, de las horas de trabajo, de turnos de conducción y de descanso para los trabajadores que laboran a bordo de los vehículos destinados al transporte interurbano de pasajeros,
Sobre la base de dichos antecedentes la Asociación de Terminales de Buses de la Locomoción Colectiva de Transportes se comprometió a impedir el uso de su infraestructura a aquellas empresas y/o buses que no cuenten con el sistema antes indicado. Asimismo, estas informarán oportunamente a la Inspección del Trabajo correspondiente la identificación de las empresas y/o buses que no tengan instalado el referido dispositivo.
La Dirección del Trabajo reitera en esta oportunidad en que muchos ciudadanos y ciudadanas viajan a través del servicio de buses interurbanos en vísperas de las Fiestas de Navidad que los conductores del transporte de pasajeros interurbanos deben tener:
· Un descanso de dos horas como mínimo después de manejar cinco horas continuas.
· Un descanso de ocho horas ininterrumpidas en cada período de 24 horas, que se puede realizar a bordo siempre y cuando el vehículo cuente con litera y otro conductor.
· Además tendrán derecho a un descanso adicional de ocho horas al arribo de la terminal después de haber servido en la ruta un recorrido de ocho o más horas continuas.