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22/11/2015

Trabajadoras de casa particular tienen nueva jornada de trabajo y descanso

Desde este lunes quienes laboran puertas afuera tendrán una jornada semanal máxima de 45 horas. Las que lo hacen puertas adentro deberán descansar 12 horas diarias y podrán descansar los sábado, domingo y festivos.

Con un masivo, emotivo y festivo acto en la Plaza de la Constitución, encabezado por la ministra del Trabajo y Previsión Social, Ximena Rincón, se celebró la entrada en vigencia de la segunda fase de la Ley N°20.786 que iguala las condiciones laborales de las trabajadoras de casa particular con el común de los trabajadores chilenos.

En una primera etapa, el texto legal había entrado parcialmente en vigencia el 1° de enero de este año con la obligatoriedad de la suscripción de contratos ante la Dirección del Trabajo (DT) y la prohibición del uso de uniforme en lugares públicos.

Ahora, desde este lunes la ley tendrá una vigencia plena porque comienzan a regir nuevas jornadas de trabajo y descanso que igualan a estas trabajadoras con el resto de los trabajadores chilenos. Principalmente, se reduce la jornada semanal de 72 a 45 horas.

Ya en febrero de 2011 se había dado un primer paso en esta igualación al equiparar el salario de estas trabajadoras con al menos el salario mínimo del resto de la masa laboral, en un proceso paulatino comenzado en 2008.

La celebración frente al palacio de La Moneda congregó a unas 300 trabajadoras, principalmente afiliadas a los cuatro sindicatos nacionales que las congregan, Sintracap, Sinducap, Anecap y Sinancap, todas agrupadas ahora en la Coordinadora Nacional de Trabajadoras de Casa Particular. Todas fueron representadas en el estrado por sus líderes Ruth Olate, Emilia Solís y Bernardita García.

Junto con ellas estuvieron autoridades gubernamentales, parlamentarias y representantes de organismos internacionales.

Entre otras, el ministro de Energía, Máximo Pacheco; los subsecretarios del Trabajo y Previsión Social, Francisco Díaz y Julia Urquieta; los directores de todos los servicios públicos vinculados al Ministerio del Trabajo; el diputado Tucapel Jiménez y los representantes de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) Fabio Bertranou, director para el Cono Sur, y la oficial de programación Patricia Roa.

La Dirección del Trabajo (DT) fue representada también por un grupo de fiscalizadores y los directores regionales Cristian Umaña, de la Dirección Metropolitana Oriente, y Maite Núñez, de La Araucanía.

La ministra del Trabajo y Previsión Social, Ximena Rincón, valoró la vigencia plena de la ley, porque "hoy celebramos que ya es un hecho que estamos reconociendo legalmente que ser trabajadora de casa particular tiene el mismo estatus que cualquier otro oficio o profesión y que no puede haber en Chile trabajadores y trabajadoras de primera y segunda categoría".

A la vez, el director del Trabajo, Christian Melis,recordó que desde comienzos de año su institución ha fiscalizado las normas que escalonadamente han comenzado a regir a lo largo del año y que "a partir de la aplicación de la ley eb su totalidad, este fin de semana, la Dirección del Trabajo va a intensificar la fiscalización, con un segundo programa de control, a fin de verificar que se cumpla la rebaja de las 45 horas y el descanso del día sábado".

Melis añadió que para ayudar a un rápido cumplimiento de las nuevas disposiciones se avisará a las empleadoras que han registrado los contratos ante la DT con jornadas superiores a las 45 horas para que los ajusten a la legalidad ahora vigente.

La representante de la coordinadora, Emilia Solís, leyó un discurso afirmando que "hoy no solo celebramos el 21 de noviembre, que es el día nacional de las trabajadoras de casa particular, sino que además celebramos el gran triunfo alcanzado en nuestras luchas, porque comienzan a regir todos los cambios a la ley que regula nuestro trabajo".

En Chile se calcula en alrededor de 350 mil las trabajadoras que desempeñan este oficio, incluyendo a nacionales y extranjeras.

De ese universo, la DT ha recibido hasta ahora la inscripción de 130.757 contratos, cifra altamente valorada por las autoridades pues revela un cambio conductual en un sector donde predominaba la informalidad.

De ese total plenamente legalizado, 97.757 trabajadoras laboran puertas afuera y 33.000 puertas adentro.

Los salarios promedio registrados ante la Dirección del Trabajo -tanto en sus oficinas como en www.direcciondeltrabajo.cl - son los siguientes:

- $255.761 trabajadoras puertas afuera, jornada completa.

- $171.708 trabajadoras puertas afuera, jornada parcial.

- $287.162 trabajadoras puertas adentro, jornada completa.

- $279.451 trabajadoras puertas adentro, jornada parcial.

LAS NORMAS AHORA VIGENTES

Desde ayer las trabajadoras puertas adentro tendrán derecho a descanso los días sábado, domingo y festivos. Eso sí, de común acuerdo, el descanso sabatino podrá acumularse, fraccionarse o intercambiarse por otros días de la semana. En caso de acumularse, deberá ser otorgado dentro del mismo mes.

También las partes podrán pactar por escrito que los festivos podrán ser cambiados por por un día de descanso distinto pero no posterior a los 90 días siguientes de ese feriado. Ese descanso se pierde si no es cumplido dentro del período citado y tampoco puede compensarse por dinero. La jornada de la modalidad puertas afuera solo excepcionalmente admite el trabajo en domingos y festivos.

Mañana lunes quedará vigente la norma que reduce de 72 a 45 las horas de trabajo semanal, distribuibles hasta en 6 días.

Adicionalmente, las partes podrán acordar hasta 15 horas semanales extras, que deberán ser remuneradas con un recargo del 50%.

Las trabajadoras puertas adentro no están sujetas a horario, pero deberán gozar de un descanso de 12 horas diarias, con un mínimo de 9 ininterrumpidas. Las horas de descanso faltantes podrán usarse durante la jornada y se entenderá incluido el tiempo de colación.

SANCIONES

En general, las infracciones a todas estas normas de jornada y descanso son calificadas como gravísimas y sancionadas con multas de 10, 40 y 60 UTM, dependiendo del número de trabajadores, como lo dispone la legislación laboral para el común de las empresas. Sin embargo, por tratarse en este caso de empleadores que contratan a una trabajadora la sanción aplicable será de entre 1 y 10 UTM.

Por la no suscripción de contratos las multas son de 9, 30 y 40 UTM. Pero siguiendo la misma lógica anterior, la multa será de entre 1 y 9 UTM.

Desde abril pasado la DT ha fiscalizado presencial y electrónicamente la suscripción de los contratos.

A partir de entonces realizó 4.018 fiscalizaciones, el 11% de ellas presenciales y el 89% vía electrónica.

De ese total, 1.145 han finalizado con la aplicación de multas por un monto total de $460. 924.144.