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Empresas afectas a Ley de Inclusión Laboral deberán informar a la Dirección del Trabajo cumplimiento alcanzado durante 2019

20/12/2019

Empresas afectas a Ley de Inclusión Laboral deberán informar a la Dirección del Trabajo cumplimiento alcanzado durante 2019

En enero de 2020, las empresas que contaron con 100 o más trabajadores durante el año 2019, deberán efectuar una comunicación electrónica ante la Dirección del Trabajo dando cuenta del cumplimiento de la Ley 21.015 que incentiva la inclusión de personas con discapacidad al mundo laboral.

La Dirección del Trabajo (DT) recuerda a los empleadores afectos a la Ley de Inclusión Laboral que, durante enero de 2020, deberán informar en forma electrónica el cumplimiento de dicha ley correspondiente al año 2019. Para ello en www.direcciondeltrabajo.cl se encontrará disponible durante enero de 2020 un aplicativo para cumplir con esa obligación legal, denominado "Comunicación electrónica".

El Director Nacional del Trabajo, Mauricio Peñaloza, instó a los empleadores a cumplir con esta obligación: "las empresas que contaron con 100 o más trabajadores durante el año 2019 deberán efectuar esta comunicación de forma obligatoria, informando como cumplieron la ley durante este año".

La información que debe ser remitida por las empresas de 100 o más trabajadores es la siguiente:

  • El número total de trabajadores contratados en cada mes del año 2019.
  • Forma en que dieron cumplimiento a la Ley de Inclusión Laboral (cumplimiento directo con contratación de personas con discapacidad o mediante las medidas alternativas que establece la propia ley).

El plazo legal para realizar esta comunicación vence el 31 de enero del 2020.

Al 30 de noviembre de 2019, la Dirección del Trabajo tenía registrado electrónicamente un total de 17.175 trabajadores con discapacidad que mantenían contratos de trabajo vigentes.