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03/08/2005

Serán accidentes laborales los que ocurran en el trayecto al lugar en que se trabaja

El texto consta de un artículo único que modifica la ley sobre accidentes de trabajo y enfermedades profesionales, señalando que son accidentes del trabajo los ocurridos en el trayecto directo, ida o regreso, entre un lugar y otro.

La iniciativa, originada en moción de diputados, fue aprobada por la Cámara de Diputados con 90 votos a favor, pero fue devuelta a la comisión de Trabajo para realizar un segundo informe.

El texto consta de un artículo único que modifica la ley sobre accidentes de trabajo y enfermedades profesionales, señalando que son accidentes del trabajo los ocurridos en el trayecto directo, ida o regreso, entre un lugar y otro.

En este último caso la cobertura del accidente y los gastos que se generen será compartidos en partes iguales por los administradores del seguro de accidentes del trabajo contratados por cada uno de los respectivos empleadores involucrados.

El texto se originó en una moción de los diputados Carolina Tohá, Adriana Muñoz, Alejandro Navarro, Fulvio Rossi y Eduardo Saffirio y antes de entrar en vigencia deberá pasar una serie de trámites, entre ellos la promulgación por parte del Presidente de la República y su publicación en el Diario Oficial.

(Fuente: Cámara de Diputados / www.camara.cl / 2 de Agosto de 2005)

Temáticas: Salud y Seguridad