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24/10/2006

"Se debe buscar un empleo competitivo para las empresas y de calidad para los trabajadores"

Con la presencia del catedrático de la Universidad de Valencia y director de Convenios Colectivos de España, Tomás Sala Franco, se realizó la conferencia "Modelo Negociador Europeo y Español", organizada por la Dirección del Trabajo.

Con la presencia del catedrático de la Universidad de Valencia y director de Convenios Colectivos de España, Tomás Sala Franco, se realizó la conferencia "Modelo Negociador Europeo y Español", organizada por la Dirección del Trabajo.

La actividad que tuvo como finalidad permitir que el catedrático español realizara un completa presentación de las características del modelo español para abordar las relaciones laborales, especialmente en lo referido a los procesos de negociación colectiva.

Acompañaron a Tomás Sala, el subsecretario del Trabajo, Zarko Luksic, y la abogada de la División de Relaciones Laborales, Claudia Donaire, en un auditórium que tuvo en dirigentes sindicales, académicos y profesionales del derecho sus principales participantes.

El subsecretario del Trabajo, Zarko Luksic, destacó la relevancia del tema, explicando que "la negociación colectiva es necesaria en la relación laboral, por eso está consagrada como una garantía constitucional.

Luksic, planteó la interrogante acerca de qué es más importante ¿fortalecer la negociación colectiva para fortalecer la sindicalización o fortalecemos la sindicalización para fortalecer la negociación colectiva?

Junto con valorar la iniciativa, Tomás Sala, quien con un nutrido despliegue de conceptos realizó una síntesis de la realidad española y europea del sistema de negociación colectiva que utilizan los trabajadores y empleadores, dijo que "en España existe una completa libertad para negociar dentro del marco de la noramtiva", concluyendo que el equilibrio que se debe buscar es de "empleos competitivos para las empresas y de calidad para los trabajadores".

Sala describió los tipos de convenios existentes y procedimientos que establece la ley para estos casos, explicando, en cada uno de ellos, si estos cumplieron con los objetivos planteados, es decir si mejoraron o no las relaciones laborales.